El pasado 24 de abril de 2018, el Senado de la República fue aprobado en votación nominal, el proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 79 de Ley General de Salud.
El presente entrará en vigor el día siguiente al de su próxima publicación en el Diario Oficial de la Federación.
[note align=»left»] Quedando así: [/note]
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 79 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.
ARTÍCULO ÚNICO: Se reforma el segundo párrafo del artículo 79 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 79. …
Para el ejercicio de actividades técnicas y auxiliares que requieran conocimientos específicos en el campo de la atención médica prehospitalaria, medicina, odontología, veterinaria, enfermería, laboratorio clínico, radiología, optometría, terapia física, terapia ocupacional, terapia del lenguaje, prótesis y órtesis, trabajo social, nutrición, citotecnología, patología, bioestadística, codificación clínica, bioterios, farmacia, saneamiento, histopatología y embalsamiento y sus ramas, se requiere que los diplomas, certificados técnicos, o reconocimientos oficiales de competencia laboral correspondientes hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
[note align=»left»] Descarga aquí la gaceta [/note]
[note align=»center»] Ahora más que nunca. Certifícate y obtén el certificado de competencia laboral correspondiente. Te invitamos a nuestro próximo proceso de certificación: [/note]
Marcos
francisco javier aedo
ANAFARMEX
Iván Orlando Morin
ANAFARMEX