Falsifican tres lotes de sal de uvas Picot
Alerta sanitaria 18/2021
- Los sobres falsos presentan los números de lote CE94, BT13 y CK83
- Al ser falsos, no hay condiciones para garantizar su seguridad, calidad o eficacia
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), alerta sobre la falsificación del antiácido Sal de Uvas Picot, detectada en su presentación de 5 gramos, la cual representa un riesgo para la salud por ser de dudosa procedencia. Hasta la fecha se han detectado tres lotes falsificados, los cuales muestran el registro sanitario 394 SSA VI y los siguientes números de lote y fecha de caducidad.
LOTE | CADUCIDAD |
CE94 | octubre 2023 |
BTI3 | diciembre 2023 |
CK83 | diciembre 2024 |
La empresa RB Salute México, S.A. de C.V., responsable de la fabricación de este producto, presentó ante esta comisión la denuncia pertinente, informando además que no fabricó los lotes citados.
Cofepris invita a las personas a que antes de consumir este producto, verifiquen el lote que aparece en el empaque; y en caso de que corresponda a alguno de los que se encuentran en el listado, o presente alguna irregularidad, eviten su consumo y realicen una denuncia en la página gob.mx/cofepris.
En la parte frontal existe distorsión en la imagen y leyenda “para malestar estomacal”; además, el texto sobre el gramaje es poco legible.
En el reverso del falsificado, la caducidad no corresponde a la original, el texto es ilegible y la imagen de la mujer embarazada no es nítida, mientras que los bordes son gruesos e irregulares.
En cuanto al contenido, también es fraudulento, ya que tiene una coloración en una tonalidad más blanca que la original, y se forman grumos:
Esta comisión mantiene acciones de vigilancia para evitar que productos, empresas o establecimientos incumplan la legislación sanitaria vigente y asegurar que no representen riesgo a la salud de la población.
La presente alerta se emite única y exclusivamente con fines de difusión y está dirigida a la población en general, por lo cual no representa una resolución que autorice, prorrogue, revoque autorizaciones sanitarias o represente un pronunciamiento definitivo que involucre la imposición inminente de sanciones administrativas ni medidas de seguridad preventivas o correctivas.